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¿Cómo recuperar dinero inmovilizado de saldos IVA?

Los productores agropecuarios se encuentran muchas veces con dinero inmovilizado, un producto de los saldos a favor del impuesto al valor agregado (IVA), que mantienen con el Fisco Nacional. Es importante saber que esta pérdida financiera puede atenuarse e incluso eliminarse en algunas ocasiones.
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Por Alejandro H. Larroudé (Barrero & Larroudé).- La mayoría de las operaciones que se realizan, como ventas de granos y de hacienda vacuna, se encuentran trabadas por el impuesto al valor agregado a una tasa del 10,5%. Es decir que, además del valor bruto de venta, debería recibirse un incremento del 10,5%. Esto en muchos casos no es tan directo, ya que la actividad está sujeta a retenciones del propio tributo, tal es el caso de la venta de granos.
 
Estas retenciones, que deberían acreditarse en la cuenta bancaria del productor aproximadamente a los 45 días de presentada la declaración jurada del mes correspondiente de efectuada la operación, en la actualidad, tienen muchos meses de retraso.
 
Hoy existen saldos inmovilizados por más de 400/500 días. ¿Entonces cuánto dinero se licuó por inflación en ese período? ¿Un 40% o 50%? Para evitar esto, existe el Recurso de Amparo por Mora.
 
Por otro lado, la empresa agropecuaria realiza operaciones de compras. Entonces, es cuando nos encontramos con erogaciones para afrontar gastos, adquirir bienes de uso, compras de bienes de cambio, etc. Y las tasas del IVA contenido en esas erogaciones pueden variar desde 0% (para el caso de alquileres rurales) hasta el 27% para la energía eléctrica.
 
Ante esta diversidad de tasas sumadas a las retenciones producidas, surgirán continuos desbalances, con el agravante de la generación de permanentes saldos a favor que producen inconvenientes financieros. Estos, en un contexto inflacionario como viene sufriendo el país, hace que día a día los saldos a favor representen para el productor menor capacidad de compra.
 
En función de los montos de saldos a favor y el tiempo que transcurra hasta su agotamiento, el productor podrá analizar si es necesario realizar otras actividades complementarias a la agrícola/ganadera, al efecto de atenuar esos saldos.
 
Hay diversas actividades que van a estar alcanzadas a la tasa del 21%. Es decir, cuando la empresa venda el producto y/o servicio, cobrará por el mismo 21% de impuesto al valor agregado. Eso quiere decir que recibirá más dinero que vender, por ejemplo, granos o hacienda por los cuales recibirá 10,5%.
 
Si bien el valor del 21% es IVA y deberá reintegrarse al Estado, en el caso de poseer saldos a favor, ese importe cobrado del impuesto quedará en el bolsillo del productor hasta agotar el saldo a favor que dispone.
 
¿QUÉ ALTERNATIVAS HAY PARA ELIMINAR SALDOS A FAVOR?

Es importante tener presente que estos saldos a favor de IVA que se producen por ventas al 10,5% y compras y gastos a alícuotas superiores a la de venta, no es posible compensarlo con otros impuestos o transferirlo a terceros.
 
Es decir, este es el llamado saldo a favor técnico IVA, el cual sólo compensará saldos a abonar futuros del impuesto y nada más.
 
Sin embargo, existen distintas alternativas que podrían celebrarse al efecto de lograr el objetivo, es decir, mantener el menor saldo a favor posible por el menor tiempo posible, se enuncian las siguientes:
 
Servicio de fletes
 
Actividad gravada al 21% en el impuesto al valor agregado. Tal vez con una inversión razonable, la empresa pueda facturar el servicio y recuperar dinero inmovilizado.
 
Contratos de pastaje
 
Estos contratos por períodos cortos le servirán a la empresa para atenuar los saldos a favor, ya que a diferencia del pastoreo, el pastaje se encuentra gravado a la alícuota del 21%.
 
Venta de cerdos
 
Otra de las actividades complementarias, que si bien requieren un costo importante de inversión, le permitirá a la empresa facturar con el 21% de IVA.
 
Fardos – rollos
 
Realizar este servicio de enfardado y/o rollos, posibilita facturar a la tasa del 21%. Recordamos que AFIP ya se ha pronunciado respecto de estos servicios, estableciendo que solamente quedarían alcanzados al 10,5% todos los que culminan hasta la cosecha. Los posteriores (fardos, rollos) quedan alcanzados a la alícuota general.
 
Hotelería de hacienda
 
Este servicio permite al productor dedicar una pequeña parte de su extensión rural y poder desarrollar la actividad principal (agro-ganadera) en el resto del inmueble. Este servicio está alcanzado a la alícuota del 21%.
 
CONCLUSIÓN
 
La empresa agropecuaria deberá analizar cuánto tiempo (inmovilización de dinero) y qué monto mantiene como saldo a favor técnico de IVA. Esto le permitirá realizar cálculos matemáticos y determinar qué importe significa de disminución de poder adquisitivo.
 
Sin embargo, debe tener en cuenta la inflación promedio de ese período, en el cual el dinero se encuentra inmovilizado (como saldo a favor). A partir de allí evaluará si el esfuerzo que supone realizar alguna actividad complementaria a la principal (como las enunciadas anteriormente), se justifica en función de la pérdida financiera que se le genera en la realidad y que generalmente no es tenida en cuenta.
 
Muchas veces el esfuerzo de lograr un quintal más por hectárea o ganar mayor kilaje en la hacienda en el menor tiempo posible, se ve mermado por esta pérdida financiera.
 
Existen diversos factores que influyen en la rentabilidad del negocio agropecuario. Algunos de ellos tienen que ver con las decisiones del Gobierno de turno, los precios de los commodities y el clima. El productor no puede manejar estas variables.
 
Por lo tanto es importante contar con este tipo de planificación fiscal, sobre la que el productor sí tiene cierto control, para atenuar así las pérdidas.
 
 
 
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