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COVID-19

Decreto Nº 647 Boletín Oficial Pcia. de Santa Fe

Comunicado de la Sociedad Gremial de Acopiadores de Granos con relación al Decreto Nº 0647 del Boletín Oficial de
la Pcia. de Santa Fe, en donde se establecen nuevas medidas referentes a la prevención de la propagación del Covid-19.

Fuente Imagen
Sociedad Gremial de Acopiadores de Granos

Enviamos adjunto el  Decreto Nº 0647 del Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Fe, publicado en el día de hoy, mediante el cual se establecen nuevas
medidas relacionadas con la prevención de la propagación del Covid-19.
En el artículo 3 del mencionado decreto, se establece que a partir de las
cero (0) horas del dia 27 de julio de 2020 las personas que ingresen al
territorio de la provincia de Santa Fe sin residir en el mismo provenientes
de zonas donde se mantiene la medida de “aislamiento social, preventivo y
obligatorio”, por estar definidas como de circulación local del coronavirus
(COVID-19) por el Ministerio de Salud de la Nación (adjuntamos link donde se
detallan las zonas consideradas de circulación comunitaria),  deberán contar
con  un hisopado o testeo de resultado negativo con una antigüedad  no
superior a setenta y dos (72) horas anteriores a la del ingreso,  junto con
la demás documentación habilitante para circular.

https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/zonas-definidas-tran
smision-local
.

Seguiremos informando

Medio de comunicación
Sociedad Gremial de Acopiadores de Granos

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